Dirección del Trabajo emitió un dictamen sobre las normas laborales imperantes en la elección de gobernadores, consejeros regionales, alcaldes y concejales.
El Seremi del Trabajo y Previsión Social, Eduardo Riquelme informó que los trabajadores y las trabajadoras de Ñuble que deban laborar durante las elecciones regionales y municipales del 26 y 27 de octubre dispondrán de 3 horas para sufragar o excusarse y podrán elegir con autonomía el día para hacerlo.
Agregó que “en cuanto al feriado legal, obligatorio e irrenunciable de los trabajadores del comercio, el domingo 27, este beneficio regirá solo para quienes laboren en malls, strip centers y centros comerciales regidos por una misma razón social o personalidad jurídica”.
El resto de los trabajadores del sector deben trabajar puesto que sus centros de trabajo estarán funcionando y atendiendo a la población. Entre otros, estos centros comerciales pueden ser supermercados, grandes tiendas u otro tipo menor de locales.
Según señaló la autoridad regional, la Dirección del Trabajo (DT) emitió un nuevo dictamen que estableció los parámetros imperantes durante estos comicios. En esta normativa se indica que “debe darse un tiempo apropiado a quienes correspondiéndoles trabajar fueron designados vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados ante la Junta electoral. Todo lo anterior, sin descuentos ni sanciones”.
Sobre el derecho de trabajadores y trabajadoras a decidir el día en que sufragarán o se excusarán, la DT señala que tal autonomía rige para quienes trabajen el sábado 26 y descansen el domingo 27. Esto significa, por ejemplo, que los empleadores deberán otorgar el permiso de tres horas para votar a los trabajadores que, debiendo laborar el sábado y descansar el domingo, elijan sufragar o excusarse el primero de estos días.
La duración del descanso de los trabajadores durante el feriado legal correspondiente al proceso eleccionario debe comenzar a más tardar a las 21 horas del sábado 26 de octubre de 2024 y terminar a las 6 horas del lunes 28 de octubre, salvo que los respectivos trabajadores estén afectos a turnos rotativos de trabajo.
Según indicó el director (s) del Trabajo, Roberto Aguirre, la DT fiscalizará el domingo 27 de octubre las denuncias recibidas durante ese día y también las recibidas el sábado 26. Durante la jornada se fiscalizará el no otorgamiento del feriado legal, con multas que van de entre 30 ($1.996.830) y 150 ($9.984.150) UTM, dependiendo del tamaño de la empresa.
También se inspeccionará el no otorgamiento de permiso de 3 horas y cuando no se respete los derechos de los trabajadores designados como vocales, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral, para quienes los días de la elección no constituyen feriado legal irrenunciable. Esta falta puede significar una multa que va entre 3 ($199.683) y 60 ($3.993.660) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
Las denuncias serán recibidas a través del 600 450 4000, entre las 9 y las 15 horas del domingo 27 de octubre y en el sitio web institucional