Ante el inicio de las vacaciones de verano, y en una actividad realizada en dependencias de la Delegación Presidencial de Chillán, diversas autoridades regionales explicaron a las y los consumidores sus derechos al momento de contratar servicios turísticos.
En el encuentro, en el que estuvieron presentes el Delegado Presidencial Regional, Anwar Farrán; el Seremi de Economía, Erick Solo; El Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, Javier Isla; el Director Regional SERNATUR, Augusto González; y el Director Regional del SERNAC, Félix Mercado, junto con resaltar los derechos de las y los consumidores al momento de contratar servicios turísticos, se recalcó la importancia que las empresas cumplan estrictamente con la Ley del Consumidor y la Ley de Turismo.
En este contexto, el Delegado Presidencial Regional, Anwar Farrán, junto con destacar la relevancia de que las consumidoras y consumidores conozcan sus derechos, relevó la necesidad que las empresas cumplen con las exigencias que establecen las diversas normas, y de esta forma hacer de la Región del Ñuble un punto de atracción para los turistas del país.
El Director Regional del SERNAC, Félix Mercado, indicó que es relevante que las y los consumidores conozcan sus derechos y los ejerzan al momento de contratar servicios relacionados con el turismo. “Estamos comenzando las vacaciones, donde muchas personas aprovechan para disfrutar en familia, por lo que es muy relevante que conozcan sus derechos y los ejerzan, pero para ello es fundamental que siempre contraten con empresas establecidas”, recalcó la autoridad regional.
El Seremi de Economía, Erick Solo, indicó que “queremos extender la invitación a que las personas que se encuentran de vacaciones, o que están pensando en salir en las próximas semanas, a que tengan en cuenta cuales son sus derechos. Todos contamos con derechos que se deben hacer valer al momento de contratar un servicio y, dentro de éstos, se encuentran por ejemplo los pasajes, alojamientos, tures, actividades de turismo aventura o paquetes turístico».
A su vez, la autoridad también invitó a «preferir los destinos de Ñuble que van desde nuestra cordillera, con su naturaleza indómita, hasta nuestra costa con su extensión y paisajes llamativos. Son muchos los atributos que hacen de nuestra región un destino turístico por excelencia, y eso nos ha motivado a ir potenciando nuestra región y sus cualidades en distintas instancias nacionales e internacionales.”.
El Director Regional del SERNATUR, Augusto González, hizo un llamado a los proveedores turísticos a cumplan con la norma, pues de esta forma se fomenta la actividad en beneficio de todas y todos.
Finalmente, El Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, Javier Isla, indicó que un aspecto relevante durante las vacaciones es el transporte, especialmente el servicio que prestan las empresas de buses interurbanos, recalcando que estos proveedores deben entregar un servicio con estándares de seguridad, cumpliendo con todas las disposiciones establecidas, pero además deben respetar las directrices de la Ley del Consumidor, en cuanto a informar y cumplir con las condiciones relevantes del servicio que ofrecen a las personas.
Los derechos de los consumidores
Al momento de contratar servicios turísticos, las personas consumidoras tienen derecho a recibir información veraz y oportuna de lo que está contratando, entre ellas, las condiciones relevantes y el precio, lo cual debe ser respetado por las empresas.
Los proveedores deben también entregar servicios y productos de calidad y que no arriesguen la salud o seguridad de las personas, junto con tomar todas las medidas necesarias para evitar exponerlas a riesgos.
Si la empresa le ocasiona algún daño por un servicio mal otorgado o un producto defectuoso, los consumidores tienen derecho a que lo indemnicen por todo el perjuicio ocasionado.
Para los usuarios que opten por el servicio de una agencia de turismo, en caso de cualquier incumplimiento, estas empresas tienen que responder directamente frente al consumidor, aunque hayan actuado como intermediarias de otros proveedores.
Ley de Turismo
La Ley de Turismo (Ley N° 20.423), establece que tanto los prestadores de servicios de alojamientos y actividades de turismo aventura, deben estar inscritos de manera obligatoria en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos, mientras que es voluntario para los prestadores de servicios turísticos.
Quienes están inscritos en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos se encuentran formalmente constituidos como empresas, es decir, cuentan con patente comercial e iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
Quienes no cumplan con lo establecido en esta norma, arriesgan multas desde 5 a 10 UTM ($323 mil a $646 mil) en el caso de servicios de alojamiento; y entre 5 a 20 UTM ($323 mil a $1 millón 293 mil) para servicios de turismo aventura que no se encuentren registrados.